Un informe LGBT de la ONU amenaza la libertad religiosa

El costarricense Víctor Madrigal-Borloz, es el ‘experto’ funcionario de la ONU encargado de formular las ‘recomendaciones’ para que las legislaciones de los estados adapten sus leyes de libertad religiosa a la ideología de género.
De acuerdo a información de prensa, el 21 de junio pasado, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDHNU) publicó el polémico informe Víctor Madrigal-Borlozal; el cual, a pesar de su importancia, ha sido ignorado por la mayoría de los medios de comunicación.
Dicho informe afirma que la libertad religiosa está en conflicto con los derechos LGBT debido a las “contradicciones percibidas” entre la libertad de religión o creencias y la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género. Debido a ello, el documento condena tajantemente las “narrativas religiosas que históricamente se han utilizado para, suprimiendo la diversidad sexual y de género, promover, permitir y tolerar la violencia institucional y personal así como la discriminación contra las personas por su orientación sexual o género”.
Asimismo, afirma que a menos que todas las religiones respalden las ideas pro-LGBT, “las personas que se identifiquen como tales serán alienadas y excluidas, causándoles dolor y problemas de salud mental llevándolas, potencialmente, al suicidio”.
Como era de esperarse, el informe formula “recomendaciones” a fin de que los Estados y otras partes involucradas cumplan plenamente con sus “obligaciones” en virtud del derecho internacional de los derechos humanos; a saber, proteger y empoderar a las personas LGBT. El documento concluye haciendo un llamado a todas las religiones a apoyar al colectivo evitando toda marginación, exclusión y discriminación”.
Dicho en simple, si las Naciones Unidas aceptan el informe de su “experto” querrá decir que todos los católicos que consideren, como lo señala el catecismo de la Iglesia, a las conductas homosexuales como “intrínsicamente desordenas” podrán ser penalizados por las leyes supuestamente antidiscriminatorias.
Hoy en día, cada vez hay más políticos que afirman que la libertad religiosa no puede ser “utilizada” en contra de los derechos reproductivos de las mujeres ni de las prerrogativas del colectivo del arcoíris. De ahí a que nos quiten a los padres el derecho natural de transmitir a nuestros hijos las enseñanzas morales cristianas (ya calificadas por varios organismos y líderes internacionales como delito de odio) hay solo un paso. De hecho, dicho informe pretende terminar con la libertad religiosa de los cristianos precisamente en nombre de la libertad religiosa del colectivo LGBT, al que alega “proteger y empoderar mejorando su acceso a la fe y la espiritualidad de acuerdo con su propio derecho a la libertad de religión o de creencias”.
En realidad no hay que esperar que esa propuesta del experto de las Naciones Unidas sea atendida por todos los países pertenecientes a ella. En Chile, por ejemplo, al igual que en muchas otras naciones de Occidente se está limitando el derecho a profesar y practicar la religión verdadera que nos enseña, de acuerdo a San Pablo, que “los sodomitas no entrarán en el reino de los cielos”.
Esta semana, la Directora Ejecutiva, de la asociación “Veritas et Libertas”, Defensora de la Vida y de la Familia como institución Nacional en Chile, advirtió a través de un mensaje en las redes sociales.
Poner grabación.
En sentido opuesto, y en esta misma semana, la Corte Suprema de Estados Unidos acogió el recurso de apelación que una emprendedora dedujo contra el gobierno del Estado de Colorado. La Corte Suprema dictaminó que la Ley contra la Discriminación de no puede obligar a la recurrente a realizar trabajos que son contrarios a sus convicciones personales, puesto que sus derechos están amparados por la Primera Enmienda.
La recurrente es una empresaria que ofrece servicios de diseño gráfico, asesoramiento de marketing y gestión de redes sociales, y que recientemente amplió sus servicios a parejas que buscan sitios web para conmemorar sus bodas y “contar su historia de amor”. Mostró preocupación por la ley de no discriminación del Estado de Colorado, pues prohíbe a las empresas discriminar cuando venden bienes y servicios al público.
Lo anterior, dado que desde su punto de vista al ingresar al negocio de sitios web de bodas se arriesgaba a ser obligada por las autoridades a realizar trabajos en pro del matrimonio homosexual y del ateísmo, cuestiones que eran contrarias a sus creencias personales y religiosas. Para precaver una eventual acción en su contra por estos motivos, solicitó en sede judicial el otorgamiento de una medida cautelar.
En su análisis de fondo, la Corte observó que “(…) los legisladores diseñaron la Cláusula de Libertad de Expresión de la Primera Enmienda para proteger la “libertad de pensar como quieras y de hablar como piensas”. Entendieron que podemos probar y mejorar nuestro propio pensamiento como individuos y como nación. Por ello, si hay alguna estrella fija en nuestra constelación constitucional es el principio de que el gobierno no puede interferir con un mercado desinhibido de ideas”.
En el caso concreto, comprueba que “(…) Colorado busca imponer a la recurrente lo siguiente: si desea hablar, debe hablar como lo exige el Estado o enfrentar sanciones por expresar sus propias creencias, sanciones que pueden incluir la participación obligatoria en “capacitaciones”, presentar informes periódicos de cumplimiento y pagar multas. Según nuestros precedentes, eso “es suficiente”, más que suficiente, para representar una limitación inadmisible del derecho de la Primera Enmienda a expresarse libremente”.
La Corte concluye que “(…) respetar el compromiso de la Constitución con la libertad de expresión significa que todos nos encontraremos con ideas que consideramos «poco atractivas», “equivocadas”, o incluso “hirientes”. Pero la tolerancia, no la coerción, es la respuesta de nuestra Nación. La Primera Enmienda contempla a los Estados Unidos como un lugar rico y complejo donde todas las personas son libres de pensar y hablar como deseen, no como exige el gobierno”.
Como nuestros radioyentes pueden ver, el cerco de la libertad religiosa se estrecha cada vez más y para hacerlo valer será necesario defenderlo en la propia justicia.
Pero ¿qué ocurrirá si los jueces chilenos, que han seguido cursos de adoctrinamiento de no discriminación y de ideología de género, fallan contra los religiosos o laicos católicos que afirman que las conductas homosexuales son “intrínsecamente desordenadas?
Actualmente, los valientes que se atreven a proclamar la verdad que al mundo tanto ofende sufren una persecución cada vez más cruel y despiadada que incluye la cancelación en las redes sociales, la expulsión de universidades e instituciones educativas, la revocación de títulos profesionales, la terminación del contrato laboral, visitas nada amigables de la policía, multas y hasta arrestos. Ahora además, el mencionado informe otorgará a los gobiernos el respaldo (in)moral de la ONU para denunciar, perseguir y castigar con mayor saña y severidad a quien ose afirmar, aun de manera privada (como ya ha pasado), la perenne moral cristiana.
Llegará la hora de dar testimonio en las cárceles, como los primeros cristianos la dieron en los circos Romanos.
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