Declaración de la Conferencia Episcopal sobre el Plebiscito constitucional

Estimado radio oyente:
La Conferencia Episcopal chilena había anunciado que se pronunciaría respecto al proyecto de nueva constitución una vez que el texto fuera definitivamente concluido y presentado.
En cumplimiento de ese anuncio, la semana pasada los Obispos dieron a conocer cuáles son los criterios morales a tener en cuenta con relación a Aprobar o rechazar en el próximo plebiscito del 4 de septiembre.
Su declaración es importante no sólo para los católicos sino también para aquellos que, no profesando la Fe católica, reconocen en la moral de la Iglesia una sólida fundamentación de los aspectos controvertibles que contiene el texto presentado por los convencionales.
Dado que nos es imposible transcribir la declaración en la íntegra, daremos a nuestros auditores un resumen de sus aspectos más destacados.
Los Obispos comienzan subrayando que no todos los aspectos tratados en el texto del proyecto constitucional tienen la misma importancia desde el punto de vista moral y señalan cuáles son aquellos para los cuales el elector debe tener más atención.
Transcribimos textualmente la declaración episcopal al respecto:
“La propuesta constitucional sostiene que ‘toda persona es titular de derechos sexuales y reproductivos’ (art. 61), lo que incluye el derecho a decidir sobre el propio cuerpo y la garantía del Estado para asegurar a ‘todas las mujeres y personas con capacidad de gestar’, entre otras cosas, ‘una interrupción voluntaria del embarazo’.
“Esta disposición, evidentemente, introduce el aborto, y lo hace en el nivel normativo más alto, el constitucional. Además, el artículo establece que el Estado garantiza el ejercicio de este derecho, libre “de interferencias por parte de terceros, ya sean individuos o instituciones”, con lo cual no solo excluye la participación del padre en esta decisión, sino también el ejercicio de la objeción de conciencia personal e institucional, derecho esencial en estas materias morales donde se juegan principios tan fundamentales, que afectan directamente las concepciones éticas, religiosas y morales de muchas personas.
“Esta norma es la disposición de mayor gravedad moral contenida en el proyecto constitucional.
“Llama la atención que la propuesta constitucional reconozca derechos a la naturaleza y exprese preocupación por los animales como seres sintientes, pero no reconozca ninguna dignidad ni ningún derecho a un ser humano en el vientre materno. Y esto da a la propuesta una impronta deshumanizante, porque deja indefensos a los seres humanos más frágiles y propone como solución a un problema real un acto violento”.
Junto con condenar esa aprobación del aborto, los Obispos señalan también, entre los reparos más graves a tener presente en el momento de votar, el concepto de familia que está incorporado en el texto de los convencionales:
“La propuesta constitucional (…) amplía el concepto de familia al hablar de ‘familias en sus diversas formas, expresiones y modos de vida, sin restringirlas a vínculos exclusivamente filiativos y consanguíneos” (art. 10). Manifiesta, de esta manera, un afán inclusivo que termina por desfigurar la naturaleza de la familia. ¿Qué significa, en definitiva, ir más allá de los vínculos exclusivamente filiativos y consanguíneos? ¿Hasta dónde puede llegar esta ampliación? Estamos ante una acepción neutra y desfigurada de familia, que la deja como un modo de organización al mismo nivel que una asociación, perdiendo efectividad finalmente la protección que el Estado debe dar, pues cualquier grupo de personas podría ser considerado una familia”.
Respecto a los derechos que les compete naturalmente a los padres, los Obispos condenan el texto de propuesta constitucional al no reconocer el derecho prioritario de los padres a educar a sus hijos:
“Una de las responsabilidades esenciales de la familia es la educación de los hijos, un derecho y un deber insustituible e inalienable, que no puede ser totalmente delegado o usurpado por otros. La propuesta constitucional sostiene el deber del Estado respecto de la educación, pero no es del todo clara en expresar un derecho preferente y directo de los padres de educar a sus hijos; solo expresa “’la libertad de madres, padres, apoderadas, apoderados y tutores legales a elegir el tipo de educación de las personas a su cargo’”
El texto episcopal da como ejemplo de esta posición estatista del proyecto de Constitución la edición sexual integral: “Cuando se aborda la educación en la afectividad y sexualidad, el texto constitucional expresa el derecho de toda persona ‘a recibir una educación sexual integral, que promueva el disfrute pleno y libre de la sexualidad; la responsabilidad sexoafectiva’ (art. 40). En ningún momento se establece la responsabilidad de los padres y la importancia de incorporar su participación en la educación en la afectividad de sus hijos. Se deja solo en manos de la autoridad la determinación de los planes y programas, restringiendo el Estado un derecho innato de los progenitores en la educación de sus hijos”.
A continuación, los Obispos señalan que les “Preocupa también, en este campo, la fuerte presencia de la ideología de género en el texto, pues da la impresión de que busca imponerse como un pensamiento único en la cultura y el sistema educativo, lo que daña el principio de libertad de enseñanza de los padres respecto de sus hijos”.
Siempre en el tema de la educación, los Obispos señalan que “La propuesta constitucional (…) establece un ‘Sistema de Educación Pública, de carácter laico y gratuito, compuesto por establecimientos e instituciones estatales’, que se señala como el ‘eje estratégico’ del Sistema Nacional, obligándose el Estado a ampliarlo, fortalecerlo y financiarlo de manera directa con aportes basales.
Al respecto, lo Obispos consideran que es bueno “fortalecer la educación pública, pero hay un silencio manifiesto en el proyecto de texto constitucional respecto de la educación particular subvencionada, que también tiene una función pública evidente. Si en el sistema particular subvencionado estudia más del 55% de los estudiantes chilenos, con un altísimo porcentaje de estudiantes vulnerables, ¿por qué no se consagra el derecho constitucional a esas otras propuestas de iniciativa particular, subvencionadas con fondos públicos de Educación, bajo la supervisión del Estado, para garantizar la libertad de enseñanza que se declara en el art. 41,1?
“Por otra parte, agregan los Obispos, la propuesta no establece expresamente el derecho de los padres a crear y sostener establecimientos educacionales de diverso tipo, ni la obligación de proveer los recursos económicos pertinentes. Sí lo hace respecto de los pueblos originarios, al reconocerles autonomía ‘para desarrollar sus propios establecimientos e instituciones de conformidad con sus costumbres y cultura’ (art. 36, 5). Cabe preguntarse, por qué se explicita este reconocimiento solo a los pueblos originarios y no a otras instancias colectivas con sus propias cosmovisiones”.
Otro aspecto sobre el cual los Obispos manifiestan una grave aprensión en relación al texto de proyecto constitucional es lo relativo a la limitación de la libertad religiosa.
Al respecto, los Obispos señalan que el proyecto, al promover la teoría de género, y los otros temas mencionados anteriormente, todos ellos incompatibles con la fe cristiana, “pone en riesgo la libertad religiosa, lo que se agrava si consideramos que la propuesta no da un rango constitucional a la objeción de conciencia”.
El texto de los Obispos recuerda la Encíclica Evangelium vitae de SSS Juan Pablo II, donde se señala que: “El aborto y la eutanasia son crímenes que ninguna ley humana puede pretender legitimar. Leyes de este tipo no sólo no crean ninguna obligación de conciencia, sino que, por el contrario, establecen una grave y precisa obligación de oponerse a ellas mediante la objeción de conciencia. (…) En el caso pues de una ley intrínsecamente injusta, como es la que admite el aborto o la eutanasia, nunca es lícito someterse a ella, ni participar en una campaña de opinión a favor de una ley semejante, ni darle el sufragio del propio voto.”
Todas estas consideraciones de la declaración de la Conferencia Episcopal, dejan claro que existe una grave imposibilidad de votar en favor de un proyecto de constitución que incluye todas estas materias señaladas, razón por la cual -concluimos nosotros- ningún católico en conciencia sanamente formada puede votar apruebo el próximo 4 de septiembre.
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